La Norma de la Declaración Aduanera Avanzada Europea será obligatoria a partir del 31 de diciembre
Maersk Line informa a sus clientes sobre algunas de las disposiciones de esta normativa.

A partir del 31 de diciembre de 2010, la norma de la declaración aduanera avanzada europea será obligatoria y se aplicará a los 27 Estados miembros de la Unión Europea.
Derivada del incumplimiento de esta normativa, la consecuencia más grave es el bloqueo de los procesos de carga o descarga, lo que provocaría una alteración de los flujos de transporte y de las cadenas de suministro. Además, las autoridades aduaneras podrían imponer multas y otras sanciones a las navieras y a las terceras partes responsables del envío de los manifiestos de carga.
Respecto a esta normativa, Maersk Line ha informado a sus clientes sobre el Formulario de Aduana (Entry summary declaration, ENS). Para todas las mercancías que se introduzcan a la UE, Maersk Line deberá presentar un formulario de aduana (ENS) en el primer puerto de escala en la UE, por lo menos 24 horas antes de que la mercancía se cargue en el buque con destino a la UE; en el puerto de carga fuera de la UE.
El objetivo principal de este reglamento es garantizar que la evaluación de los riesgos de seguridad se lleve a cabo antes de que los bienes lleguen a la UE
Maersk Line precisa se requiere un ENS para:
Las mercancías que se importen a la UE, es decir, para descargar mercancías en los puertos de la UE (en el primero o en los posteriores).
La mercancía que permanezca a bordo (Freight Remaining on Board, FROB) para destinos fuera de la UE.
El transbordo de mercancía a la UE o puertos fuera de la UE.
Toda la mercancía en tránsito para la UE y con destinos fuera de la UE.
Asimismo, la compañía informa que es el responsable de la presentación electrónica de los formularios aduaneros. A fin de cumplir con los plazos establecidos por las aduanas, Maersk Line requerirá que los consignatarios presenten las instrucciones de envío (SI) y la información necesaria para el formulario de aduanas, completas, exactas y a tiempo.
Se destaca que en las instrucciones de envío se deberán incluir los datos siguientes: número del conocimiento de embarque , nombre y dirección del destinatario y del consignatario (número EORI, si está disponible), parte notificada (número EORI obligatorio "A la orden" B / L), descripción de la mercancía, código HS de 4 dígitos de la mercancía, tipo de embalaje, número de bultos, número de contenedor, peso en bruto (kg), código NU de mercancía peligrosa, número del sello y código del método de pago de las tasas de transporte.
| Revista Empresa Exterior Nº 290 | |||||||
| Miércoles, 01 de Febrero de 2012 | |||||||
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